Club
Reglamento Interno
Última actualización: agosto de 2026
Artículo 1. Objeto
El presente Reglamento tiene por finalidad establecer las normas de convivencia, derechos y deberes de los socios y miembros del club de cheerleading, así como el régimen sancionador aplicable en caso de incumplimiento, regulando aspectos internos de organización, funcionamiento y convivencia, con el fin de garantizar el buen desarrollo de las actividades deportivas y sociales.
Artículo 2. Admisión de socios
- Toda persona interesada en formar parte del Club deberá presentar una solicitud por escrito ante la Junta Directiva.
- La Junta resolverá en un plazo máximo de 8 días.
- Se requerirá el pago de una cuota de inscripción y mensualidad.
Derecho de admisión y permanencia
El Club se reserva el derecho de admisión y permanencia de sus miembros, pudiendo denegar o revocar la inscripción de aquellas personas cuya conducta sea contraria a los valores, normas y objetivos del Club.
El ejercicio de este derecho deberá realizarse de forma justificada, respetando los principios de objetividad, proporcionalidad y no discriminación.
Artículo 3. Categorías de socios
- Socios fundadores: Firmantes del acta fundacional.
- Socios deportistas: Aquellos que participan en entrenamientos y competiciones.
- Socios colaboradores: Quienes apoyan al Club sin practicar deporte (padres o tutores legales).
- Socios honorarios: Designados por méritos especiales, por su dirección técnica y aprobados por la junta directiva.
Artículo 4. Derechos de los socios y miembros
- Participar en las actividades, entrenamientos, exhibiciones, eventos y competiciones organizadas por el Club.
- Elegir y ser elegidos para los órganos de representación.
- Acceder a la información periódica relativa a las actividades, a la gestión deportiva y a la gestión económica.
- Ser tratados con respeto e igualdad, sin discriminación de ningún tipo.
- Utilizar las instalaciones y el material deportivo conforme a las condiciones establecidas.
- Proponer iniciativas, sugerencias o mejoras en beneficio del club.
Artículo 5. Deberes de los socios y miembros
Los socios deberán:
- Los menores deberán ser representados en sus derechos y obligaciones por sus padres/tutores legales.
- Respetar los Estatutos, el presente Reglamento, los acuerdos de los órganos de gobierno y las decisiones de la dirección técnica.
- Abonar las cuotas aprobadas en tiempo y forma.
- Mantener un comportamiento deportivo y de respeto hacia compañeros, entrenadores, directivos, rivales y jueces.
- Cuidar las instalaciones, los uniformes y los materiales del Club.
- Asistir puntualmente a entrenamientos, competiciones y actos oficiales.
- No realizar actos que perjudiquen la imagen o el buen funcionamiento del club.
- Siempre mantener buena higiene durante las actividades deportivas; se recomienda el uso de toalla y desodorante.
Artículo 6. Cuotas
- La Asamblea General fijará las cuotas de inscripción, de mensualidad y de extraordinarias de acuerdo con la necesidad de cada temporada.
- El impago durante 3 meses consecutivos podrá dar lugar a la baja automática del socio, sin derecho a reclamar ninguna cantidad previamente abonada al club.
Artículo 7. Funcionamiento deportivo
- Los horarios de entrenamientos serán fijados por la Junta Directiva y la dirección técnica.
- Es obligatorio informar cualquier tipo de ausencia con o sin justificación.
- Es obligatorio informar con al menos 24 horas de antelación en caso de ausencia de entrenamiento, salvo en situaciones extraordinarias.
- En el caso de competiciones o eventos deportivos, al menos con 30 días de antelación a la fecha establecida para la presentación.
- Sólo se tendrán en cuenta las ausencias justificadas, en caso de que se deban realizar modificaciones en posiciones y/o funciones dentro de la rutina.
- Será obligatorio el uso de uniformes oficiales del Club en competiciones y exhibiciones, y cuando así lo requiera, en entrenamientos y eventos.
- El desarrollo del plan deportivo y la conformación de equipos serán definidos por la dirección técnica, teniendo en cuenta las habilidades, la edad del atleta y las demás aptitudes deportivas.
Artículo 8. Régimen disciplinario
- Las faltas leves, graves o muy graves se graduarán según su impacto en la convivencia y en la práctica deportiva.
- Las sanciones podrán ser: amonestación verbal, suspensión temporal de entrenamientos, pérdida de la condición de socio.
- El socio sancionado tendrá derecho a presentar alegaciones y recurso ante comité disciplinario y/o asamblea general.
Faltas leves
- Inasistencia a un entrenamiento sin causa justificada.
- Tres retrasos al mes, a los entrenamientos o a los eventos.
- Conducta irrespetuosa leve hacia compañeros o entrenadores.
- Descuidos en el uso del material del club.
- Uso de accesorios durante el entrenamiento (pendientes, pulseras, collares, reloj, piercing, etc.).
Faltas graves
- Tres llamados de atención, verbales y/o por escrito, constituyen una falta grave.
- Tres faltas de asistencia a entrenamiento sin justificación previa.
- Una falta de asistencia a un evento o a una competición sin justificación previa.
- Desobediencia a las instrucciones de los entrenadores o de los directivos.
- Conductas antideportivas hacia compañeros de equipo, rivales, jueces o público.
- Deterioro intencional del material o de las instalaciones.
- Incumplimiento reiterado de las obligaciones económicas.
- Tener conocimiento de atletas o compañeros bajo los efectos de bebidas alcohólicas y/o sustancias psicoactivas y/o no informar al cuerpo técnico o directivo en el momento.
Faltas muy graves
- Agresión física o verbal contra compañeros, entrenadores, directivos, rivales o jueces.
- Actos que perjudiquen gravemente la imagen del club (p. ej., insultos públicos, conductas discriminatorias, acoso).
- Apropiación indebida de fondos, material o recursos del club.
- Conductas que perjudiquen el desarrollo de las actividades deportivas o sociales.
- Asistir a entrenamientos o actividades deportivas bajo el efecto de bebidas alcohólicas y/o sustancias psicoactivas.
- Consumo de alcohol y/o sustancias durante las actividades deportivas.
Artículo 9. Procedimiento sancionador
- La apertura de expediente disciplinario será acordada por la Junta Directiva o la dirección técnica.
- El socio afectado tendrá derecho a ser informado de la falta imputada y a presentar alegaciones.
- Las sanciones deberán ser proporcionales a la falta cometida y acordes con lo previsto en este Reglamento.
- Contra la resolución disciplinaria podrá interponerse recurso interno ante comité disciplinario.
Sanciones aplicables a faltas leves
Serán aplicadas en el siguiente orden:
- Amonestación verbal.
- Amonestación por escrito.
- Servicio social al club.
Sanciones aplicables a faltas graves
Determinadas por la dirección técnica y/o junta directiva:
- Modificación de responsabilidades durante entrenamientos o competiciones, según lo considere la dirección técnica.
- Exclusión temporal de las actividades oficiales del club.
- Pérdida de derechos como socio durante un periodo determinado.
- Pérdida temporal de participación en uno o varios entrenamientos.
- Hacerse cargo de los gastos de reposición o reparación del material afectado.
Sanciones aplicables a faltas muy graves
Determinadas por la dirección técnica y/o junta directiva:
- Expulsión definitiva del club.
- Pérdida de la condición de socio sin derecho a la devolución de cuotas.
- Comunicación del hecho a la federación correspondiente y/o a las autoridades, si procede.
Artículo 10. Modificación del Reglamento
Este Reglamento podrá modificarse por acuerdo de la Asamblea General, con mayoría de 2/3 de los presentes.