Club

Reglamento Interno

Última actualización: agosto de 2026

Artículo 1. Objeto

El presente Reglamento tiene por finalidad establecer las normas de convivencia, derechos y deberes de los socios y miembros del club de cheerleading, así como el régimen sancionador aplicable en caso de incumplimiento, regulando aspectos internos de organización, funcionamiento y convivencia, con el fin de garantizar el buen desarrollo de las actividades deportivas y sociales.

Artículo 2. Admisión de socios

  • Toda persona interesada en formar parte del Club deberá presentar una solicitud por escrito ante la Junta Directiva.
  • La Junta resolverá en un plazo máximo de 8 días.
  • Se requerirá el pago de una cuota de inscripción y mensualidad.

Derecho de admisión y permanencia

El Club se reserva el derecho de admisión y permanencia de sus miembros, pudiendo denegar o revocar la inscripción de aquellas personas cuya conducta sea contraria a los valores, normas y objetivos del Club.

El ejercicio de este derecho deberá realizarse de forma justificada, respetando los principios de objetividad, proporcionalidad y no discriminación.

Artículo 3. Categorías de socios

  • Socios fundadores: Firmantes del acta fundacional.
  • Socios deportistas: Aquellos que participan en entrenamientos y competiciones.
  • Socios colaboradores: Quienes apoyan al Club sin practicar deporte (padres o tutores legales).
  • Socios honorarios: Designados por méritos especiales, por su dirección técnica y aprobados por la junta directiva.

Artículo 4. Derechos de los socios y miembros

  1. Participar en las actividades, entrenamientos, exhibiciones, eventos y competiciones organizadas por el Club.
  2. Elegir y ser elegidos para los órganos de representación.
  3. Acceder a la información periódica relativa a las actividades, a la gestión deportiva y a la gestión económica.
  4. Ser tratados con respeto e igualdad, sin discriminación de ningún tipo.
  5. Utilizar las instalaciones y el material deportivo conforme a las condiciones establecidas.
  6. Proponer iniciativas, sugerencias o mejoras en beneficio del club.

Artículo 5. Deberes de los socios y miembros

Los socios deberán:

  1. Los menores deberán ser representados en sus derechos y obligaciones por sus padres/tutores legales.
  2. Respetar los Estatutos, el presente Reglamento, los acuerdos de los órganos de gobierno y las decisiones de la dirección técnica.
  3. Abonar las cuotas aprobadas en tiempo y forma.
  4. Mantener un comportamiento deportivo y de respeto hacia compañeros, entrenadores, directivos, rivales y jueces.
  5. Cuidar las instalaciones, los uniformes y los materiales del Club.
  6. Asistir puntualmente a entrenamientos, competiciones y actos oficiales.
  7. No realizar actos que perjudiquen la imagen o el buen funcionamiento del club.
  8. Siempre mantener buena higiene durante las actividades deportivas; se recomienda el uso de toalla y desodorante.

Artículo 6. Cuotas

  • La Asamblea General fijará las cuotas de inscripción, de mensualidad y de extraordinarias de acuerdo con la necesidad de cada temporada.
  • El impago durante 3 meses consecutivos podrá dar lugar a la baja automática del socio, sin derecho a reclamar ninguna cantidad previamente abonada al club.

Artículo 7. Funcionamiento deportivo

  1. Los horarios de entrenamientos serán fijados por la Junta Directiva y la dirección técnica.
  2. Es obligatorio informar cualquier tipo de ausencia con o sin justificación.
  3. Es obligatorio informar con al menos 24 horas de antelación en caso de ausencia de entrenamiento, salvo en situaciones extraordinarias.
  4. En el caso de competiciones o eventos deportivos, al menos con 30 días de antelación a la fecha establecida para la presentación.
  5. Sólo se tendrán en cuenta las ausencias justificadas, en caso de que se deban realizar modificaciones en posiciones y/o funciones dentro de la rutina.
  6. Será obligatorio el uso de uniformes oficiales del Club en competiciones y exhibiciones, y cuando así lo requiera, en entrenamientos y eventos.
  7. El desarrollo del plan deportivo y la conformación de equipos serán definidos por la dirección técnica, teniendo en cuenta las habilidades, la edad del atleta y las demás aptitudes deportivas.

Artículo 8. Régimen disciplinario

  • Las faltas leves, graves o muy graves se graduarán según su impacto en la convivencia y en la práctica deportiva.
  • Las sanciones podrán ser: amonestación verbal, suspensión temporal de entrenamientos, pérdida de la condición de socio.
  • El socio sancionado tendrá derecho a presentar alegaciones y recurso ante comité disciplinario y/o asamblea general.

Faltas leves

  1. Inasistencia a un entrenamiento sin causa justificada.
  2. Tres retrasos al mes, a los entrenamientos o a los eventos.
  3. Conducta irrespetuosa leve hacia compañeros o entrenadores.
  4. Descuidos en el uso del material del club.
  5. Uso de accesorios durante el entrenamiento (pendientes, pulseras, collares, reloj, piercing, etc.).

Faltas graves

  1. Tres llamados de atención, verbales y/o por escrito, constituyen una falta grave.
  2. Tres faltas de asistencia a entrenamiento sin justificación previa.
  3. Una falta de asistencia a un evento o a una competición sin justificación previa.
  4. Desobediencia a las instrucciones de los entrenadores o de los directivos.
  5. Conductas antideportivas hacia compañeros de equipo, rivales, jueces o público.
  6. Deterioro intencional del material o de las instalaciones.
  7. Incumplimiento reiterado de las obligaciones económicas.
  8. Tener conocimiento de atletas o compañeros bajo los efectos de bebidas alcohólicas y/o sustancias psicoactivas y/o no informar al cuerpo técnico o directivo en el momento.

Faltas muy graves

  1. Agresión física o verbal contra compañeros, entrenadores, directivos, rivales o jueces.
  2. Actos que perjudiquen gravemente la imagen del club (p. ej., insultos públicos, conductas discriminatorias, acoso).
  3. Apropiación indebida de fondos, material o recursos del club.
  4. Conductas que perjudiquen el desarrollo de las actividades deportivas o sociales.
  5. Asistir a entrenamientos o actividades deportivas bajo el efecto de bebidas alcohólicas y/o sustancias psicoactivas.
  6. Consumo de alcohol y/o sustancias durante las actividades deportivas.

Artículo 9. Procedimiento sancionador

  • La apertura de expediente disciplinario será acordada por la Junta Directiva o la dirección técnica.
  • El socio afectado tendrá derecho a ser informado de la falta imputada y a presentar alegaciones.
  • Las sanciones deberán ser proporcionales a la falta cometida y acordes con lo previsto en este Reglamento.
  • Contra la resolución disciplinaria podrá interponerse recurso interno ante comité disciplinario.

Sanciones aplicables a faltas leves

Serán aplicadas en el siguiente orden:

  1. Amonestación verbal.
  2. Amonestación por escrito.
  3. Servicio social al club.

Sanciones aplicables a faltas graves

Determinadas por la dirección técnica y/o junta directiva:

  • Modificación de responsabilidades durante entrenamientos o competiciones, según lo considere la dirección técnica.
  • Exclusión temporal de las actividades oficiales del club.
  • Pérdida de derechos como socio durante un periodo determinado.
  • Pérdida temporal de participación en uno o varios entrenamientos.
  • Hacerse cargo de los gastos de reposición o reparación del material afectado.

Sanciones aplicables a faltas muy graves

Determinadas por la dirección técnica y/o junta directiva:

  • Expulsión definitiva del club.
  • Pérdida de la condición de socio sin derecho a la devolución de cuotas.
  • Comunicación del hecho a la federación correspondiente y/o a las autoridades, si procede.

Artículo 10. Modificación del Reglamento

Este Reglamento podrá modificarse por acuerdo de la Asamblea General, con mayoría de 2/3 de los presentes.